Derechos fundamentales del Reglamento de Protección de Datos

  • La consideración a la vida privada y familiar.
  • La inviolabilidad del domicilio y la confidencialidad de las comunicaciones.
  • La protección de datos personales.
  • Las libertades fundamentales de opinión, conciencia y creencias.
  • La libertad de información.
  • La libertad de empresa y ocupación.
  • El derecho a la tutela judicial efectiva.
  • El derecho a la libertad lingüística, religiosa, cultura y de instrucción.

Exclusión

El Reglamento de Protección de Datos no es aplicable al reducto familiar o doméstico.

Figuras en el RGPD

  • Responsable del tratamiento: El que en su propio nombre directamente y sin intervención de un tercero establece relaciones con terceros en función de intereses recíprocos.
  • Encargado del tratamiento: Es una persona física o jurídica que trate datos personales por cuenta y encargo del responsable del tratamiento o principal.

Relación jurídica Responsable Vs. Encargado. El consentimiento entre ambas partes se regulará mediante un contrato de prestación del servicio correspondiente, que será documento suficiente para demostrar dicha aprobación para la operación del tratamiento de datos.

Esta es la relación típica entre Empresa/Empresario y Asesoría Laboral. Mantienen un acuerdo para realizar las gestiones y actuaciones exigidas legalmente en nombre de aquella.

Se plantean ciertas dudas en algunos aspectos de la norma protectora de datos. Por ejemplo en cuanto al derecho de ser informado el deudor por el acreedor. La profundidad y amplitud de los derechos individuales (in dubio pro personan) parece beneficiar más al moroso a pesar de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de Lucha contra la Morosidad en las operaciones comerciales. También la inclusión en el sistema de la deuda; RAI, ASNEF; embargos, etc.

Confidencialidad

Tanto los Responsables como los Encargados del tratamiento de datos, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase, estarán sometidas al deber de confidencialidad. Por ello el personal del Encargado deberá ser informado de los principios de integridad y reserva en el tratamiento de datos que forman parte de sus servicios en la Empresa.

Actuación inicial

Hacer una evaluación de riesgos en relación con la seguridad de los datos y tener en cuenta los riesgos y de producirse el problema tomar contramedidas de inmediato para mitigarlos y evitar nuevas incidencias y/o exigencias del tratamiento en función de cada Empresa.

Evaluación de perfiles

Se utilizan los datos personales para valorar o verificar aspectos relativos a preferencias individuales, fiabilidad, confianza, comportamiento, situación económica, intereses, rasgos psicosociales, etc.

Atención, por tanto, al tratamiento de currículos que deberán aportar el consentimiento expreso del oferente.

Registro de las actividades de tratamiento

El Encargado debe llevar un Registro de actividades a modo de evaluación de categorías como garantía de realizarse el tratamiento adecuadamente.

Los conceptos o especificaciones de este registro se detallan en la práctica en el Reglamento al que nos remitimos para evitar duplicidades.

Si ha habido un fallo en el sistema de seguridad, debe verificarse si se ha aplicado toda la protección tecnológica y se han tomado las medidas organizativas adecuadas.

Finalización del servicio

En este caso, se suprimirá o devolverán todos los datos personales al Responsable, debiendo él mismo o su representante acreditado acusar recibo de los datos obtenidos. Se procederá igualmente según se haya acordado en el contrato del servicio suscrito.

Agencia Española de Protección de Datos

Dada la complejidad y exigencia burocrática del Reglamento comunitario, al que seguirá en breve futuro la adaptación española mediante ley orgánica que se halla en trámite parlamentario, puede ser una fuente de información interesante visitar la web de la Agencia Española de Protección de Datos https://www.aepd.es/ para obtener modelos, cuestionarios, etc. aplicables a la documentación probatoria, especialmente aquellos que se formulen para las Pequeñas empresas y Microempresas.