El Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo estableció que iba a existir el factor de sostenibilidad.

La Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social regula dicho factor (definición, fórmula y elementos de cálculo, ámbito de aplicación y revisión). Se indica que el factor se aplicaría a las pensiones que se causen a partir del 1 de enero de 2019.

La Ley La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 estableció que la aplicación del factor de sostenibilidad regulado en el artículo 211 del Texto Refundido se llevará a cabo una vez que, en el seno de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, se alcance un acuerdo acerca de la aplicación de las medidas necesarias para garantizar la sostenibilidad del sistema. No obstante y en todo caso, su entrada en vigor se producirá en una fecha no posterior al 1 de enero de 2023.

Al no haberse llegado a tal acuerdo en la mencionada Comisión de momento no será aplicable el Factor de Sostenibilidad a las pensiones causadas en 2019.